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Guía del Solicitante

DEPARTAMENTO DE WORKFORCE SERVICES DE UTAH
SEGURO DE DESEMPLEO

Para imprimir una copia, haga un click aquí.

 

Importante

 

Usted es responsable de la información que se encuentra en esta guía. Léala con atención y téngala como referencia durante la reclamación.

Las reclamaciones no se toman por teléfono. Visite jobs.utah.gov para completar su reclamación. Si tiene dificultades para completarlo en línea, contáctese con el equipo de Asistencia de Reclamaciones y Reempleo (Claims Assistance and Re-Employment, CARE) utilizando la herramienta de chat en vivo en jobs.utah.gov.

 

Recuerde

 

Tendrá que presentar su reclamación todas las semanas, incluso si está esperando una decisión. De lo contrario, no se le pagará por esas semanas. Diríjase a la sección titulada Instrucciones para completar reclamaciones semanalespara recibir instrucciones para completar las reclamaciones semanales.

 

PROTEJA SU NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL (Personal Identification Number, PIN)

 

Usted es la única persona que debería saber su PIN. Cuando presenta una reclamación semanal, su PIN es su firma. No le permita a nadie acceder a su PIN. Usted será el responsable en el caso de que se realicen pagos inapropiados o fraudulentos con su PIN. Si alguna persona sabe su PIN, cámbielo inmediatamente en línea en jobs.utah.gov o llame al equipo de CARE.

Programa/empleador con igualdad de oportunidades

Disponemos de servicios y medios auxiliares (adaptaciones) para personas con discapacidad. Puede solicitarlos llamando al 801-526-9240. Las personas sordas, con problemas de audición o con problemas del habla pueden llamar al Relay Utah marcando el 711. Relay Utah en español: 1-888-346-3162.

Uso de esta guía

Esta guía le informa lo que necesita saber para completar una reclamación. Lea la guía al comienzo de su reclamación. Luego puede volver a temas específicos al presentarse para los beneficios de desempleo. Esta guía no cubre todas las leyes y reglas que afectan a los beneficios de desempleo. Si necesita ayuda o tiene preguntas sobre su reclamación, ingrese en su cuenta “Mi desempleo” en jobs.utah.gov y seleccione nuestra herramienta de chat en vivo o llame al equipo de Asistencia de Reclamaciones y Reempleo (CARE). Las leyes y reglas del seguro de desempleo se encuentran disponibles en línea en jobs.utah.gov.

Información general

Al completar una reclamación para beneficios de desempleo, usted da consentimiento a su(s) empleador(es) de proveer todo tipo de información necesaria al Departamento de Servicios Laborales para determinar su elegibilidad, incluso si la información es confidencial. La ley de Utah requiere que los empleadores informen cualquier salario cubierto bajo la ley de seguridad de empleo de Utah y la razón por la cual usted no está trabajando.

Los beneficios de desempleo pueden negarse si usted no le brinda toda la información necesaria a Servicios Laborales para determinar su elegibilidad sobre los beneficios. Servicios Laborales puede utilizar información que usted o su empleador brinda para:

Servicios Laborales no puede revelar información de su reclamación a su cónyuge, amigos, banco, institución financiera, abogado o cualquier otra parte a menos que haya una revelación firmada por usted o una orden judicial.

Los beneficios de desempleo no son una asistencia pública, seguro social o pago por discapacidad. El seguro de desempleo está para pagarle una asistencia temporal a solicitantes elegidos durante el tiempo en que estén desempleados hasta que haya un trabajo adecuado disponible.Los empleadores pagan el costo total del programa del Seguro de Desempleo.

Los empleadores pagan todos los costos del programa de seguro de desempleo.

Los beneficios de desempleo se pagan a trabajadores seleccionados que:

Servicios en línea

Encuentre las respuestas a la mayoría de sus preguntas sobre su reclamación en jobs.utah.gov. Seleccione “Ingresar” (en la esquina superior derecha), luego “Mi desempleo” y elija “¿Necesita asistencia?” en el cuadro de “Herramientas”. Luego elija “Preguntas frecuentes”. Utilice jobs.utah.gov para:

Fraude y penalizaciones

Usted comete fraude si realiza declaraciones falsas, brinda información falsa o retiene información para acceder a los beneficios de desempleo para los cuales no sería seleccionado. La causa más común de fraude es no declarar todos los ingresos mientras se solicitan los beneficios o declarar de manera inadecuada la razón por la cual no está trabajando.

Solo usted está autorizado para presentar su reclamación para obtener beneficios. La responsabilidad de presentar las reclamaciones semanales no puede ser delegada a otra persona, ni siquiera a su cónyuge. Usted es el responsable en caso de que se brinde cualquier información falsa.

No permita que ninguna persona tenga acceso a su número de identificación personal (PIN). Cuando presenta una reclamación semanal, su PIN es su firma. Si alguna persona conoce su PIN, incluso su cónyuge, diríjase a jobs.utah.gov,

seleccione “Ingresar” (en la esquina superior derecha), luego “Mi desempleo” y “Acceder” para cambiar su PIN.

Algunas de las penalizaciones por fraude pueden ser las siguientes:

Servicios Laborales posee una división de detección de fraude de tiempo completo para identificar y recomendar la persecución criminal de quienes cometan fraude. Puede declarar fraude de desempleo en línea en jobs.utah.gov/ui/Fraud/uifraud o por teléfono al 801-526-4400 seleccionando la opción 2.

Período de Base

El importe del beneficio de desempleo semanal y la cantidad de semanas que se le asignan para disfrutar de los beneficios se determina a través de un período de base de 12 meses. El período de base se conforma de los primeros cuatro de los últimos cinco trimestres calendarios completados antes de la semana en la cual presenta su solicitud de beneficios. Un trimestre calendario es un período de tres meses que finaliza el 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre o 31 de diciembre.

Ejemplo de un trimestre calendario:

Si su reclamo es efectivo entre las siguientes fechas: Su período de base de 12 meses sería en estas fechas precedentes :
De Enero a Marzo Del 1 de Octubre al 30 de Septiembre
De Abril a Junio Del 1 de Enero al 31 de Diciembre
De Julio a Septiembre Del 1 de Abril al 31 de Marzo
De Octubre a Diciembre Del 1 de Julio al 30 de Junio

Si no califica con ingresos pagados durante este período de base, aún podría calificar para beneficios usando el período de base aleternativo, que serían los cuatro trimestres calendarios completos más recientes.

Requisitos del salario

Para determinar el importe de su beneficio de desempleo, debió haber ganado salarios en dos o más trimestres calendarios de su período de base. Los salarios totales del período de base deben equivaler al menos a lo que ganó en su trimestre más alto multiplicado por 1,5. También se requiere una cantidad mínima de salarios durante el período de base.

Fecha de comienzo de su reclamación

En general, su reclamación se hace efectiva el domingo de la semana en que presenta una solicitud para beneficios de desempleo, siempre que no haya trabajado a tiempo completo o tenga ingresos iguales o mayores que el importe del beneficio semanal durante esa semana.

Determinación Monetaria

En general, recibirá una “notificación de determinación monetaria” dentro de las tres semanas a partir del día que presenta su reclamación para beneficios de desempleo. Esta notificación incluye:

Revise con atención los salarios y los empleadores declarados en la determinación monetaria. Si hay salarios o empleadores ausentes se pueden reducir sus beneficios o evitar que usted cumpla con las condiciones. Nota: Si la condición de su reclamación dice “elegible”, refiere a su elegibilidad monetaria demostrando que cumple con los requisitos para clasificar monetariamente para una reclamación. Vea

Elegibilidad/Negación de beneficios para más información.

Si luego de completar reclamaciones por cuatro semanas no recibe esta notificación, ingrese en su cuenta “Mi desempleo” en jobs.utah.gov y seleccione nuestra herramienta de chat en vivo o llame al equipo de CARE. Si cree que los salarios o empleadores declarados en la notificación no son correctos, siga las instrucciones en la “Notificación de determinación monetaria”.

Año de Beneficio

Su reclamación se establece por un período de 52 semanas llamado año de beneficio. Comienza con la fecha de vigencia de su reclamación y finaliza 52 semanas luego de esa fecha. Puede solicitar las semanas en las que está desempleado hasta que agote sus beneficios de desempleo. También puede solicitar si tiene ingresos de un empleo de medio tiempo que representan menos del importe del beneficio semanal. Al final del año de beneficio, su reclamación finalizará sin importar si recibió todos sus beneficios o no. No puede solicitar una nueva reclamación de Utah para obtener beneficios hasta que su año de beneficio haya finalizado.

Registro en internet: inicio de sesión único

Para poder acceder a su cuenta de desempleo en línea, tendrá que crear una Utah-ID. Para crear una Utah-ID necesita una dirección de correo electrónico. Para completar este proceso puede usar un correo electrónico actual o una cuenta de correo electrónico nueva. El correo electrónico utilizado para iniciar su cuenta no necesita ser el mismo que el que se encuentra en el archivo con la división de desempleo.

Para configurar su cuenta diríjase a jobs.utah.gov, seleccione “Ingresar” (en la esquina superior derecha) luego seleccione “Mi desempleo” y “Acceder”. Será dirigido de manera directa a una página web para crear una Utah-ID. Siga las instrucciones para crear una Utah-ID y activar su cuenta. Una vez que haya activado su cuenta será redirigido de nuevo para continuar completando su reclamación de desempleo. Una vez que su cuenta esté configurada, utilizará este registro para todo tipo de interacción con Servicios Laborales.

Instrucciones para completar reclamaciones semanales

Debe presentar reclamaciones semanales para recibir beneficios de desempleo. Para presentar una reclamación semanal, necesitará su número de seguro social y PIN. La semana de reclamación de desempleo comienza un domingo y finaliza un sábado a medianoche. Lo incentivamos a que presente su reclamación un domingo o lo más pronto posible después de la fecha de fin de semana del sábado. Presente su reclamación semanal en línea en jobs.utah.gov, seleccione “Ingresar” (en la esquina superior derecha), luego “Mi desempleo” y luego elija “Presentar reclamación semanal”.

Se le pedirá su PIN cada vez que utilice el sistema. El PIN es un número de cuatro dígitos que seleccionó cuando estableció su reclamación. (Vea Fraude y penalizaciones)

Cada semana debe responder preguntas para determinar su elegibilidad para beneficios. Si no presenta la reclamación semanal en el tiempo estimado, podría resultar en la negación de los beneficios. El sistema no permitirá que se complete fuera de término. Si no presenta una reclamación semanal dentro de los 27 días a partir del sábado de la última semana presentada, su reclamación estará retrasada y se cerrará. Si desea seguir completando, necesitará reabrir su reclamación en jobs.utah.gov. Su reclamación se reabrirá el domingo de la semana que completó su reclamación. (Vea Reapertura de una reclamación cerrada)

Cuando solicite para una semana específica, esté atento de responder las preguntas que pertenecen solo a esa semana específica. Debe informar todos los salarios brutos de la semana en que se realiza el trabajo, sin importar cuándo se paguen. Se le realizarán todas o algunas de las siguientes preguntas, dependiendo de la condición de su reclamación. Estas preguntas aplican solo para la semana específica que está solicitando:

Una vez que responda estas preguntas, se le mostrarán sus respuestas para que tenga la oportunidad de corregirlas o confirmarlas. El hecho de mal informar los ingresos de manera consciente o descuidada constituye un fraude. La ley proporciona penalidades severas por recibir beneficios de desempleo bajo circunstancias fraudulentas. (Vea Fraude y penalidades) Si se da cuenta de que cometió un error luego de haber completado la reclamación semanal, ingrese en su cuenta “Mi desempleo” en jobs.utah.gov y seleccione nuestra herramienta de chat en vivo o llame al equipo de CARE lo antes posible.

Informe de trabajo e ingresos

Una semana de desempleo comienza un domingo a las 12 a.m. y finaliza un sábado a las 11:59 p.m. La primera pregunta que se realiza en su certificación semanal es: “¿Trabajó o asistió a una formación remunerada?” Si realizó algún tipo de trabajo durante esa semana su respuesta a esa pregunta debe ser “sí”.

Usted debe informar todos los ingresos brutos y de trabajo (antes de los impuestos o deducciones) de la semana que trabajó, incluso si aún no recibió su pago. Si tiene preguntas sobre cómo informar sus ingresos, ingrese en su cuenta “Mi desempleo” en jobs.utah.gov y seleccione nuestra herramienta de chat en vivo o llame al equipo de CARE. Usted debe informar:

Si trabaja menos que un trabajo de tiempo completo y gana menos que el importe de su beneficio de desempleo semanal durante una semana determinada, puede continuar solicitando ya que tiene derecho a beneficios parciales si es elegible. Servicios Laborales aplicará una asignación de ingresos del 30 % para calcular su pago semanal de beneficios. Por ejemplo, si el importe de su beneficio semanal es, en general, de $300, usted puede ganar $90 (30 % de $300) sin afectar el pago de esa semana. De igual manera debe informar estos ingresos.

Si sus ingresos son iguales o superan el importe de su beneficio semanal o si trabaja 40 horas o más durante la semana, no recibirá ningún pago o crédito de la semana de espera para esa semana. Debe aceptar cualquier trabajo adecuado que se le ofrezca o informar a Servicios Laborales que no aceptó dicho trabajo.

Usted es el responsable de cualquier tipo de información inadecuada o incompleta que brinde. Si recibe más ingresos de los que informa, usted es el responsable de contactar de manera inmediata al equipo de CARE para corregir los ingresos que se informaron previamente. Si informa de manera incorrecta todos los trabajos e ingresos, puede resultar en sobrepagos y penalizaciones. (Vea Fraude y penalizaciones)

Trabajo autónomo/comisiones de ventas

Informe todos los trabajos autónomos o actividades de comisiones de ventas en su solicitud semanal. La participación en un trabajo autónomo o comisiones de ventas, podría resultar en la negación de los beneficios de desempleo, incluso si no gana o no recibe ningún salario. Si no se informa cualquier tipo de trabajo puede resultar en sobrepagos y penalizaciones del beneficio. (Vea Fraude y penalizaciones)

Centros de reempleo y empleo

La División de Seguros de Desempleo es parte de Servicios Laborales y brinda asistencia temporal para trabajadores calificados. Mientras recibe beneficios de desempleo, está obligado a volver a trabajar y debería crear un plan razonable para encontrar un nuevo trabajo.

Para seguir siendo elegible para los beneficios, se solicita que complete talleres en línea, participe en una cita presencial de Servicios de Reempleo y Evaluaciones sobre Elegibilidad, asista a un taller presencial o que participe en otras actividades para ayudarlo a volver a trabajar. Si no participa podría resultar en la negación de los beneficios.

Servicios Laborales ofrece muchas herramientas y servicios en línea en jobs.utah.gov y a través de cada uno de los centros de desempleo a nivel estatal. Estos servicios incluyen:

Para encontrar la dirección y el número telefónico del centro de empleo de Utah más cercano, diríjase a jobs.utah.gov, desplácese hasta el final de la página e ingrese su código ZIP bajo el cuadro de “Encontrar una ubicación de Servicios Laborales” en la parte final a la izquierda.

Tenga en cuenta que los centros de empleo no poseen información sobre el seguro de desempleo y no lo pueden ayudar con su reclamación de desempleo. Si quiere información específica sobre desempleo, ingrese en su cuenta “Mi desempleo” en jobs.utah.gov y seleccione nuestra herramienta de chat en vivo o llame al equipo CARE.

Requisitos de búsqueda de trabajo

Una parte importante de su plan de reempleo es contactar empleadores. A menos que un representante de Servicios Laborales le indique lo contrario, se requiere que usted realice un gran esfuerzo por buscar un trabajo de tiempo completo cada semana que reclama los beneficios de desempleo, incluso si tiene un trabajo de medio tiempo o si está en la escuela. Debe hacer al menos cuatro nuevos contactos laborales de tiempo completo cada semana. Un contacto nuevo significa contactar a un empleador que no haya contactado con anterioridad o contactar a un empleador que haya contactado previamente pero para una nueva oferta de trabajo. Debe mantener un registro detallado de sus actividades de búsqueda de trabajo. Se requiere que pueda brindar esta información durante las semanas de solicitud. Podría necesitar brindar esta información si es seleccionado para una auditoría o una revisión de elegibilidad. Su registro de contactos con empleadores debe incluir lo siguiente:

Una tabla de ejemplo se encuentra al dorso de este panfleto. Si brinda esta información de manera errónea, podría resultar en la negación de los beneficios, demora del pago o posibles sobrepagos y penalizaciones. (Vea Fraude y penalizaciones)

Sus esfuerzos deben reflejar un deseo genuino de encontrar un nuevo trabajo de manera inmediata. Para recibir herramientas adicionales para encontrar trabajo, diríjase a la sección de Centros de reempleo y empleo de este panfleto.

Trabajo adecuado

Se requiere que se busque y se acepte cualquier tipo de trabajo adecuado. La idoneidad del trabajo depende de la cantidad de tiempo en que estuvo desempleado. Se le da tiempo para buscar un trabajo comparable al realizado durante su período de base, siempre que haya una expectativa razonable de encontrar ese tipo de trabajo. A medida que aumenta la duración de su desempleo, se espera que usted haga concesiones con respecto a los ingresos, las condiciones de trabajo, los deberes laborales y el uso de la formación previa. No se requiere que acepte el trabajo si:

Si no: (1) acepta una referencia de un trabajo adecuado, (2) solicita de manera correcta un trabajo adecuado disponible o (3) acepta una oferta de trabajo adecuado, podría resultar en la negación de los beneficios. Debe informar a Servicios Laborales si no busca o acepta cualquier trabajo en la semana, incluso si sintió que el trabajo no era el adecuado. Los informes inapropiados pueden constituir fraude. (Vea Fraude y penalizaciones)

Registro de trabajo

A menos que se le indique lo contrario, se solicita que complete todos los pasos del registro de trabajo para la asistencia de inserción laboral con Servicios Laborales. Actualice su registro de trabajo cada vez que genere una nueva reclamación o reabra una reclamación existente. Para registrarse, diríjase en línea a jobs.utah.gov, seleccione “Ingresar” (en la esquina superior derecha), luego seleccione “Mi desempleo” y elija “Registrarse para trabajar”. También puede registrarse en línea en el centro de empleo más cercano a usted. Si vive o se muda a un estado que no sea Utah, debe registrarse en el centro de empleo estatal más cercano (para el estado en el que reside) y enviar pruebas de registro a Servicios Laborales. No registrarse dentro de los 10 días hábiles en que solicitó los beneficios de desempleo podría resultar en la negación de los beneficios. (Vea Centros de reempleo y empleo)

Al registrarse con Servicios Laborales tiene acceso a miles de ofertas de trabajo y se le brindan referencias de una gran variedad de talleres en línea que puede realizar a su propio ritmo y que lo pueden ayudar a encontrar trabajo. Capaz de trabajar/disponible para trabajar Debe estar preparado a nivel físico y mental para trabajar a tiempo completo. Si está enfermo, lesionado, de licencia o no puede trabajar por alguna razón, puede que no sea elegible para los beneficios de desempleo durante ese período de tiempo.

Se requiere que informe que no puede trabajar cuando haya condiciones que no le permitan trabajar, aceptar un trabajo o buscar un trabajo de tiempo completo. Algunas son, entre otras:

Se le puede solicitar que brinde evidencia de su capacidad para trabajar, como una declaración de un médico.

Usted debe estar disponible de manera inmediata para aceptar un trabajo de tiempo completo. No puede colocar restricciones irracionales sobre el horario que trabajará, el salario que aceptará o la distancia que tendrá que recorrer para ir a trabajar.

Si su empleador está reteniendo su trabajo mientras usted está en un permiso de ausencia no se le considerará disponible para trabajar..

Aprobación de formación/escuela

La asistencia a una formación o escuela puede interferir con su disponibilidad para trabajos de tiempo completo y sobre su elegibilidad para beneficios de desempleo. Se debe informar cualquier tipo de asistencia a una escuela o formación cuando se presente la reclamación semanal. Esto incluye la formación que requiere un empleador. Bajo ciertas circunstancias, la asistencia a una escuela podría aprobarse mientras se reciben beneficios.

Viaje al extranjero

Podría no ser elegible para recibir beneficios de desempleo si viaja o reside fuera de los Estados Unidos. Cuando presenta su reclamación semanal debe informar cualquier tipo de viaje al extranjero. No notificar de manera correcta a Servicios Laborales que estuvo fuera de los Estados Unidos podría resultar en sobrepagos y penalizaciones. (Vea Fraude y penalizaciones)

Encarcelamiento/prisión o confinamiento en la cárcel

Se solicita que notifique de manera inmediata a Servicios Laborales si es encarcelado. Luego de la notificación, Servicios Laborales detendrán todos los beneficios de desempleo hasta que usted notifique a Servicios Laborales de su liberación. No notificar de manera correcta a Servicios Laborales sobre su encarcelamiento podría resultar en sobrepagos y penalizaciones. (Vea Fraude y penalizaciones)

Pagos/semana de espera

La ley de Utah requiere que no se le pague la primera semana elegible reclamada. A esta semana se la llama la semana de espera. Usted debe solicitar para esta semana y reunir todos los requisitos de elegibilidad para establecer la reclamación y recibir el crédito de la semana de espera.

Si reúne todos los requisitos de elegibilidad y presenta su reclamación cada semana, debería recibir su primer pago en un período de tiempo promedio de tres semanas luego de solicitar los beneficios de desempleo. Los pagos no se realizan el mismo día cada semana. Si no recibió su pago o una carta de descalificación luego de haber solicitado por cuatro semanas, ingrese en su cuenta “Mi desempleo” en jobs.utah.gov y seleccione nuestra herramienta de chat en vivo o llame al equipo de CARE.

Los fondos no se encontrarán disponibles en su cuenta corriente, de ahorro o U.S. Bank ReliaCard por al menos dos días hábiles luego de que Servicios Laborales libere los beneficios. (Vea Instrucciones para completar reclamaciones semanales)

Pago de vacaciones, días festivos, indemnización o separación

El pago de una indemnización se define como el pago realizado por un empleador que no se hubiera realizado de no ser por la ruptura de la relación de trabajo. Todo pago de vacaciones, feriados, indemnizaciones, tiempo libre pagado/personal (PTO) o de separación que recibió o recibirá debe informarse al equipo de CARE. A estos tipos de pagos se los suele considerar como ingresos. No será elegible para el crédito de la semana de espera o los beneficios de desempleo durante las semanas en que aquellos pagos sean iguales o superen el importe del beneficio semanal.

Rechazo de trabajo

Usted debe informar si no acepta un trabajo, incluso si cree que el trabajo no es el adecuado. Esto incluye:

También debe informar cualquier separación de trabajo que ocurra mientras solicita los beneficios en la reclamación semanal.

Medios de pago: depósito directo o U.S. Bank ReliaCard®

Todos los pagos de beneficios de desempleo se realizan de manera electrónica. Puede elegir el depósito directo en su propia cuenta corriente o de ahorro. Si no selecciona depósito directo, se le creará una cuenta de ReliaCard.

El medio de pago de preferencia para los beneficios es el depósito directo en su cuenta corriente o de ahorro. Puede elegir la opción de depósito directo o cambiar en línea la información de su banco en jobs.utah.gov. También puede ingresar en su cuenta “Mi desempleo” en jobs.utah.gov y seleccionar nuestra herramienta de chat en vivo o llamar al equipo de CARE para solicitar un formulario. Servicios Laborales no puede depositar fondos en tarjetas de débito prepagas. Las declaraciones mensuales de los pagos de beneficios se encontrarán disponibles en línea.

La ReliaCard trabaja de manera similar a una tarjeta de débito estándar. Con esta opción, los pagos de beneficios se depositan en una cuenta aparte que el emisor de tarjetas crea para usted.

De esta manera usted accede a su dinero al realizar compras o retirar dinero cuando utiliza la tarjeta. No se necesita una verificación de crédito o una cuenta de banco. Su ReliaCard se acepta en todos los lugares donde acepten tarjetas de débito Visa. Una declaración mensual de la actividad de la cuenta de su cuenta de ReliaCard estará disponible en línea en www.usbankreliacard.com.

No se le aconseja utilizar su ReliaCard para el pago automático de facturas en curso.

La ReliaCard está vigente para presentar cualquier reclamación en los próximos dos años. Guárdela en un lugar seguro y utilícela otra vez si presenta una reclamación otra vez durante ese tiempo. Se le cobrará una tarifa de reemplazo si solicita una tarjeta nueva.

¿Qué sucede si mi tarjeta ReliaCard se pierde o me la roban?

Llame inmediatamente al Servicio de Atención al Cliente del titular de la tarjeta al 1-855-279-1274 para informar que su tarjeta se ha perdido o ha sido robada y solicitar que se le envíe una tarjeta de reemplazo en un plazo de 7 a 10 días hábiles.

La tarjeta ReliaCard® es emitida por U.S. Bank National Association bajo licencia de Visa U.S.A. Inc. © 2023 U.S. Bank. Miembro de FDIC.

Si su tarjeta se extravía o se la roban, usted debe notificar a Chase de inmediato al 1-866-330-6828.

Deducción por manutención infantile

Cuando hay un acuerdo firmado por usted o una orden judicial solicitando el pago de la manutención infantil a la oficina estatal de Utah de servicios de recuperación, el importe de los beneficios de desempleo semanales puede reducirse hasta un 50 %. La oficina estatal de Utah de servicios de recuperación controla el importe de manutención infantil que se retiene de sus beneficios. Si tiene preguntas respecto al importe que se deduce, contáctese con la oficina de servicios de recuperación al 801-536-8500.

Deducción de jubilación

Los ingresos de jubilación, incluida la jubilación por discapacidad pueden deducirse del importe del beneficio de desempleo semanal.

Si solicita o recibe cualquier tipo de ingreso por jubilación o jubilación por discapacidad, debe informar esta información de manera inmediata ingresando en su cuenta “Mi desempleo” en jobs.utah.gov y seleccionando la herramienta de chat en vivo o llamando al equipo de CARE. Una vez que haya informado esta información, le enviarán una notificación en el caso de que ese ingreso se tenga que deducir de sus beneficios. No informar la jubilación, la jubilación por discapacidad o cambios en ese ingreso, podría resultar en una negación y un posible sobrepago de beneficios. (Vea Fraude y penalizaciones)

Si recibe un ingreso de jubilación retroactivo que cubre un período de tiempo durante el cual también recibió el pago de beneficios, será el responsable de cualquier sobrepago. Deberá pagar a Servicios Laborales el importe de beneficios inelegibles que recibió durante el período de tiempo cubierto por la jubilación.

Deuda fiscal

Los beneficios de desempleo son imponibles. Usted puede optar por retener el 10 % del importe de su beneficio semanal para los impuestos federales sobre la renta y el 5 % para los impuestos estatales sobre la renta. Cualquier impuesto que se retenga, se transmite e informa de forma inmediata al Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Service, IRS) y a la Comisión de Impuestos Estatales. Puede cambiar la condición de retención de sus impuestos para obtener futuros beneficios en línea en jobs.utah.gov, “Ingresar” (en la esquina superior derecha), luego “Mi desempleo” y “Cambiar la retención de impuestos”. Servicios Laborales le enviará una notificación (Formulario 1099-G) todos los 31 de enero de cada año donde declarará los beneficios pagados y los importes de los impuestos retenidos durante el año anterior. Esta notificación, desde el 2007 hasta el año en curso, se encuentra disponible en línea iniciando sesión en jobs.utah.gov y seleccionando “Enlaces útiles” en el cuadro de “Herramientas” y luego haciendo clic en “Información de impuestos 1099”. Asegúrese de que Servicios Laborales tenga su dirección más reciente, ya que el informe se enviará por correspondencia a la última dirección que está en su reclamación, si no opta por la correspondencia electrónica. (Vea Cambios de dirección) Si pagó más de una vez algún sobrepago, vaya a las instrucciones del formulario de impuestos o llame al IRS.

Cierre de una reclamación (regreso al trabajo a tiempo completo)

Cuando encuentra un trabajo permanente de tiempo completo, puede cerrar su reclamación ingresando en su cuenta “Mi desempleo” en jobs.utah.gov y seleccionando la herramienta de chat en vivo o llamando al equipo CARE para informar que volvió a trabajar a tiempo completo. La forma más sencilla de cerrar una reclamación es deteniendo sus solicitudes. Servicios Laborales cerrará de forma automática su reclamación si usted:

Reapertura de una reclamación cerrada

Puede reabrir su reclamación en línea en jobs.utah.gov. Su reclamación se reabrirá de manera efectiva el domingo de la semana en que reabra su reclamación. Tendrá que brindar las fechas de empleo y los nombres de todas las empresas para las que trabajó, si las hay, desde la última vez que realizó una reclamación de beneficios de desempleo. También necesitará brindar los nombres, direcciones y números de teléfono para cualquier empleador fuera del estado.

Revisiones sobre elegibilidad

Puede recibir una notificación para que complete en línea una revisión sobre elegibilidad. Esta revisión realiza preguntas básicas sobre elegibilidad y le solicita que brinde los contactos de búsqueda de trabajo. Sus beneficios pueden negarse si usted:

Auditoría de su reclamación

Se eligen reclamaciones de manera aleatoria para realizar auditorías cada semana. Los auditores verifican cualquier cosa que pueda afectar la elegibilidad del beneficio de desempleo, esto incluye la búsqueda de trabajo, los salarios del período de base, la(s) separación(es) de trabajo, la asistencia a la escuela y el trabajo e ingresos durante cualquier semana solicitada. Si es seleccionado para una auditoría y no participa como se le pide, se le podrían negar los beneficios.

Elegibilidad/negación de beneficios

Incluso si puede haber ganado lo suficiente para calificar para beneficios de desempleo (Vea período de base y requisitos del salario), debe cumplir con otros requisitos para ser elegible para recibir esos beneficios. Por ejemplo: Si renuncia o es despedido de su trabajo, un representante de Servicios Laborales le solicitará información suya y de su empleador y determinará su elegibilidad para beneficios. Si la separación de su empleo fue por razones de calificación como lo define la ley de seguro de desempleo, usted comenzará a recibir los beneficios por las semanas reclamadas si es que no hay otro inconveniente en su reclamación. Si le niegan los beneficios, recibirá una decisión por escrito con las fechas y las razones de la negación. Léala con atención. Incluirá instrucciones para presentar una apelación oportuna. Si no presenta una apelación en el momento oportuno puede perder la oportunidad de que cambien la decisión original.

Sus beneficios pueden negarse si usted:

Esta lista no incluye todas las razones por las cuales los beneficios pueden negarse.

Sobrepagos

Si le pagan beneficios de desempleo a los que no tiene derecho, se le genera un sobrepago. Una notificación de sobrepago suele acompañar o seguir a una notificación de negación y contendrá instrucciones de apelación y reembolso. Los sobrepagos de beneficio se establecen por el importe total del beneficio semanal incluidas las deducciones, como la manutención infantil o los impuestos, así como también cualquier penalización aplicable.

Debería comunicarse de manera inmediata con el Departamento de Cobranzas al 801-526-9235, como lo indica la notificación de sobrepago para establecer un acuerdo de cuotas para pagar el importe que debe. Si no lo hace, podría resultar en la recuperación del sobrepago mediante el embargo de sus reembolsos de impuestos federales o estatales, salarios o un gravamen contra su propiedad. Puede pagar sobrepagos en línea en https://jobs.utah.gov/ui/home/Home/PayBackOverPayment.

Si Servicios Laborales determina que usted no fue responsable de la generación de un sobrepago y cumple con las pautas de pobreza, puede solicitar una exención del sobrepago no pagado.

Solicitudes

Usted tiene el derecho de apelar si no está de acuerdo con la decisión que se tomó sobre su reclamación. Si presenta una apelación, un juez de derecho administrativo programará una audiencia para abordar la apelación. Asegúrese de seguir solicitando los beneficios de desempleo cada semana durante el proceso de apelación. De lo contrario, no le pagarán las semanas en las que se encuentra desempleado incluso si la apelación resulta a su favor.

Envíe su apelación por escrito y exponga la(s) razón(es) por la(s) cual(es) cree que la decisión es incorrecta. Debe presentar su apelación antes de la fecha límite indicada en la carta de decisión o puede perder el derecho a apelar. Se consideran las apelaciones fuera de término si puede demostrar una buena causa por la cual apeló fuera de término. El medio de preferencia para presentar una apelación es en línea en jobs.utah.gov/appeals. Sin embargo, puede enviar su apelación por fax al 801-526- 9242 o enviarla por correspondencia a la Unidad de Apelaciones, P.O. Box 45244, Salt Lake City, UT 84145-0244.

Luego de presentar una apelación, recibirá una notificación de una audiencia telefónica junto con la información y los documentos utilizados para la toma de la decisión original. Contacte de manera inmediata a la Unidad de Apelaciones para confirmar su participación en la audiencia y brindar un número telefónico donde lo puedan localizar al momento de la audiencia una vez que reciba la notificación de la audiencia. Si no contacta a la Unidad de Apelaciones antes de la audiencia, como lo indica la notificación, podría cancelarse su audiencia. La notificación de audiencia contendrá información importante sobre cómo prepararse para la audiencia, incluso cómo presentar pruebas, documentos y testigos en apoyo de su apelación. Lea toda la información con atención y téngala a su alcance durante su audiencia.

El proceso de apelaciones del seguro de desempleo no requiere que tenga un representante legal. La mayoría de las personas se representan a ellas mismas. Durante la audiencia, el juez de derecho administrativo asiste a todas las partes en la presentación de sus argumentos. Si contrata a alguien para que lo represente, usted es el responsable de los gastos. 

Su empleador también tiene el derecho de apelar una decisión que permita beneficios. Se le notificará sobre cualquier apelación que esté relacionada a sus beneficios para que pueda participar en esa audiencia de apelación. Si tiene preguntas respecto al proceso de apelación, puede encontrar más información disponible en línea en jobs.utah.gov/appeals. También puede llamar a la Unidad de Apelaciones al 801-526- 9300 o a la línea gratuita al 1-877-800-0671.

Beneficios de la ley de comercio

Los beneficios de la ley de comercio asisten a los trabajadores que estén desempleados como consecuencia de (1) importaciones extranjeras, o (2) cambios en la producción o en los servicios hacia un país extranjero. Si a usted lo despidieron por alguna de estas razones y estuvo incluido en una petición aprobada por el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos, puede ser elegible para estos beneficios. Los beneficios de la ley de comercio pueden incluir:

Si tiene preguntas sobre la elegibilidad para estos beneficios, contáctese con el equipo de CARE y pregunte por un especialista en la ley de comercio.

Cambios de domicilio

Puede cambiar en línea la dirección postal, dirección de correo electrónico o número telefónico en jobs.utah.gov. A menos que se adhiera a la correspondencia electrónica, Servicios Laborales le enviará información crítica que podría afectar su elegibilidad actual a la dirección que se encuentra en sus registros.

Correspondencia

Puede optar por recibir toda la correspondencia sobre el beneficio de desempleo a través de la página web del centro de correspondencia electrónica. La correspondencia electrónica es conveniente y fácil de usar. Las ventajas de la correspondencia electrónica son:

Si se adhiere a la correspondencia electrónica, usted es el responsable de verificar a menudo su casilla de correo electrónico. Para más información o para registrarse para la correspondencia electrónica, diríjase a jobs.utah.gov y seleccione “Ingresar” (en la esquina superior derecha), luego “Mi desempleo” y elija “Correspondencia electrónica”.

Si no elige la correspondencia electrónica, Servicios Laborales le enviará todos los documentos a la dirección que se encuentre en los registros.

Consejos para registrar actividades de búsqueda de trabajo

Una semana de desempleo comienza un domingo a las 12 a.m. y finaliza un sábado a las 11:59 p.m. Los cuatro contactos informados se deben hacer en este período de tiempo de “domingo a sábado” a fin de contar para su elegibilidad. Si se seleccionó su reclamación para revisarla, es probable que contactemos a los empleadores que informó para verificar los contactos de trabajo que hizo. Para prepararse para esta revisión, tenga en cuenta lo siguiente:

 

División de seguro de desempleo

Números telefónicos del equipo de CARE:

Salt Lake y condados de Davis del Sur                  801-526-4400 

Weber y condados de Davis del Norte                   801-612-0877

Condado de Utah                                                   801-375-4067

Balance del estado o fuera de estado                    888-848-0688

Reprograme una cita con Servicios de

Reempleo y Evaluaciones sobre Elegibilidad         801-526-4301

 

Números de fax:

Adjudicación                                                          801-526-4402

Solicitudes                                                             801-526-9242

Precisión de beneficios                                          801-596-2129

Control de pago de beneficios                               801-526-9800

Equipo de CARE                                                    801-526-4401

 

Dirección: P.O. Box 45266 • Salt Lake City, UT 84145-0266

 

Recuerde que debe informar:

 

La ley es igualdad de oportunidades

Está en contra de la ley que este destinatario de asistencia financiera federal discrimine sobre las siguientes bases:

A cualquier individuo de los Estados Unidos, basándose en la raza, el color, la religión, el sexo (incluido embarazo, nacimiento y condiciones médicas relacionadas, estereotipo de sexo, condición transgénero e identidad de género), origen nacional (incluido el dominio limitado del inglés), edad, discapacidad, creencia o afiliación política, o en contra de cualquier beneficiario, solicitante de o participante en programas asistidos financieramente bajo el Título I de la Ley de Innovación y Oportunidades Laborales (Workforce Innovation and Opportunity Act, WIOA), basándose en la condición de la ciudadanía de la persona o en la participación en cualquier programa o actividad asistida financieramente de Título I WIOA.

El destinatario no puede discriminar en ninguna de estas áreas: decisiones sobre quién será aceptado o tendrá acceso a cualquier programa o actividad asistida financieramente de Título I WIOA; en el trato a cualquier persona respecto de dicho programa o actividad; en la toma de decisiones de trabajo respecto a la administración de o en conexión con dicho programa o actividad.

Los destinatarios de la asistencia financiera federal deben ser responsables de asegurar que las comunicaciones con personas discapacitadas sean igual de efectivas como las comunicaciones con otras personas. Esto significa que, con previa solicitud y sin costo para el individuo, los destinatarios deben brindar servicios auxiliares a personas calificadas con discapacidades.

 

Qué hacer si cree que fue discriminado

Si cree que fue discriminado bajo un programa o actividad asistida financieramente del Título I de WIOA, puede presentar un reclamo dentro de los 180 días a partir de la fecha de la presunta violación ya sea con el oficial de Igualdad de Oportunidades del destinatario o con la persona que el destinatario designó para esta finalidad:

 

Casey Cameron, oficial estatal de Igualdad de Oportunidades

Departamento de Servicios Laborales de Utah

P.O. Box 45249

Salt Lake City, UT 84145-0249

1-844-795-1697 o 801-526-9445

Retransmisión Relay 711 o Relay en español 1-888-346-3162

eo@utah.gov

 

-O-

 

Director, Centro de Derechos Civiles (CRC)

Departamento del Trabajo de los Estados Unidos

200 Constitution Avenue NW

Room N-4123

Washington, DC 20210

 

O de manera electrónica, como se indica en el sitio web de CRC en www.dol. gov/oasam/programs/crc

Si presenta su reclamo con el beneficiario, debe esperar hasta que el beneficiario cree una notificación de acción final por escrito o hasta que pasen 90 días (lo que ocurra primero) antes de presentarse en el Centro de Derechos Civiles (vea la dirección a continuación). Si el beneficiario no le da una notificación de acción final por escrito dentro de los 90 días del día en que presentó su reclamo, usted puede presentar un reclamo al CRC antes de recibir esa notificación. Sin embargo, debe presentar su reclamo con CRC dentro de los 30 días de la fecha límite de los 90 días (en otra palabras, dentro de los 120 días a partir del día en que presentó su reclamo con el beneficiario). Si el beneficiario le da una notificación de acción final por escrito sobre su reclamo, pero no está satisfecho con la decisión o resolución, puede presentar un reclamo al CRC. Debe presentar su reclamo al CRC dentro de los 30 días en que recibió la notificación de acción final.